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dc.contributor.authorDíaz-Aguado Jalón, Carlos
dc.date.accessioned2020-10-08T18:35:45Z
dc.date.available2020-10-08T18:35:45Z
dc.date.issued2006
dc.identifier.citationRevista vasca de economía social = Gizarte ekonomiaren euskal aldizkaria (2) : 9-34 (2006)
dc.identifier.issn1698-7446
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10810/46692
dc.description.abstractPartiendo de la consideración de la fundación como un patrimonio destinado al servicio de un fin de interés general este trabajo pretende, por un lado, estudiar hasta qué punto la expresión legal "interés general" limita los fines al servicio de los cuales se puede constituir la fundación y, por otro, determinar la cuantía mínima que debe alcanzar la dotación necesaria para poder constituirla ya que, si bien, no es lógico admitir la creación de fundaciones sin dotación alguna o con dotación claramente insuficiente para poder alcanzar los fines propuestos, ello no puede ser argumento para negar la posibilidad de crear fundaciones cuya dotación inicial no sea muy elevada, pero que, a pesar de ello, puedan orginizarse para lograr la consecución de sus fines.
dc.language.isospa
dc.publisherServicio Editorial de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatearen Argitalpen Zerbitzua
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.titleLa Fundación: fines y dotación inicial
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.rights.holder© 2006, Servicio Editorial de la Universidad del País Vasco Euskal Herriko Unibertsitateko Argitalpen Zerbitzua


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