La sentencia en el proceso de trabajo
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Date
2017-09-08Author
Zapirain Bilbao, Ana Isabel
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El legislador constitucional español se comprometió con el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE). Este derecho solo puede ejercitarse a través del proceso, instrumento ineludible para desencadenar la actividad jurisdiccional. El Estado «propugna» entre los valores superiores del ordenamiento jurídico la Justicia, lo que significa ampararla, defenderla o mantenerla. Este deber público y prestacional es cumplido bajo el toldo del Poder Judicial que personifican jueces y magistrados constitucionalmente independientes y sometidos únicamente al imperio de la Ley. La Administración de Justicia y el Sistema Judicial se configura normativamente por el Poder Legislativo y la regulación del proceso que el legislador debe cuidar y mantener, tiene como objetivo garantizar al ciudadano y a cualquier sujeto de la sociedad que su derecho a entregar el problema a la Administración de Justicia del Estado revierta en su solución. Así que el ordenamiento procesal debe asegurar la eficacia de su producto por excelencia: la Sentencia. En este proyecto de tesis se observa y analiza la repetida normativa al objeto de comprobar en qué medida el Sistema que sostiene cumple de forma eficaz su cometido: preservar la paz social en contraprestación a la prohibición que se impone a los ciudadanos de resolver sus contiendas al margen de la Ley. En particular se examina si el Sistema procesal Social es capaz de reproducir las problemáticas que le transfieren los justiciables garantizando que el litigio resuelva el fondo de la cuestión litigiosa y no deforme la controversia que entretiene a aquellos. La deuda de servicio público y el compromiso de fidelidad al caso real en el ámbito jurisdiccional, encuentra en la Sentencia su indicador más insigne. Su calidad pasa por el cumplimiento de las exigencias constitucionales asignadas al producto judicial. La motivación o justificación fáctica y jurídica, la exhaustividad y la congruencia de los pronunciamientos debidos en la sentencia operan como indicadores de la calidad y eficacia en la ella, tanto si resuelve el fondo del asunto litigioso que es el objetivo, como si se genera una sentencia procesal, lo que implica poner en diálogo estos requerimientos con la sentencia. El último desenlace judicial, la sentencia procesal, ha de ser obviado en la medida de lo posible pero en ocasiones es inevitable. La irregular constitución de la relación jurídico-procesal debe ser atendida, en muchos casos incluso de oficio, en cumplimiento del principio de subsanabilidad procesal para evitar las sentencias fallidas en todo tipo de procesos. Este objetivo pasa por el conocimiento preciso del régimen jurídico- procesal de los elementos que configuran esta relación, de su entendimiento y de su relevancia y efectos en el desenvolvimiento de la actividad jurisdiccional. Así mismo, el principio de seguridad jurídica se prioriza en ocasiones frente a la justicia material empleando a esos fines el instituto de la cosa juzgada. Se trata del principal efecto del proceso y con él de la sentencia firme. Constituye uno de los elementos más eficaces del ordenamiento para excluir más de una sentencia sobre el mismo fondo ¿non bis in idem- y para defender la economía procesal tanto en el plano de lo fáctico como de lo sustantivo.Todos estos aspectos del proyecto se enfocan al proceso de trabajo, laboral o social. Se parte de su peculiaridad, recocida por el Tribunal Constitucional, y de sus dotes distintivas orientadas a la accesibilidad y a la celeridad, lo que inevitablemente proyecta sus reflejos sobre la sentencia, forjando un producto propio y diferenciado del que se elabora en otros órdenes jurisdiccionales: la Sentencia en el Proceso de Trabajo.